miércoles, 28 de diciembre de 2011

EL CIBER CRIMEN


BIEN JURÌDICO TUTELADO PENALMENTE
LA DIFERENCIA ENTRE LOS DELITOS INFORMATICOS Y LOS DELITOS COMPUTACIONALES

Tenemos un acceso creciente a la tecnología, así como una globalización social de la información y economía. El desarrollo tecnológico y el mayor uso de redes abiertas, como es el Internet, que proporcionan y proporcionarán oportunidades nuevas e importantes, planteando nuevos desafíos. La infraestructura de la información se ha convertido en una parte vital del eje de nuestras economías.

Estas tecnologías nos brindan la libertad para poder movernos y permanecer comunicados y conectados con millones de servicios construidos sobre redes de redes. Se nos da la posibilidad de participar; de enseñar y aprender, de jugar y trabajar juntos, y de intervenir en el proceso político. Esto a medida que las sociedades dependen cada vez más de estas tecnologías, por lo que será necesario utilizar medios jurídicos y prácticos eficaces para prevenir los riesgos asociados.

Las tecnologías de la sociedad de la información pueden utilizarse, y se utilizan para perpetrar y facilitar diversas actividades delictivas. En manos de personas que actúan de mala fe, con mala voluntad, o con negligencia grave, estas tecnologías pueden convertirse en instrumentos para actividades que ponen en peligro o atentan contra la vida, la propiedad o la dignidad de los individuos y por ende del interés público.

Los enfoques tradicionales de la seguridad son sustituidos por soluciones innovadoras basadas en las nuevas tecnologías. Estas soluciones implican el uso del cifrado y las firmas digitales, de nuevos instrumentos de autenticación y de control del acceso, y de filtros de software de todo tipo.

La delincuencia informática se comete en el ciberespacio, y no se detiene en las fronteras nacionales convencionales. Este puede perpetrarse desde cualquier lugar y contra cualquier usuario de ordenador del mundo. Se necesita una acción eficaz, tanto en el ámbito nacional como internacional, para luchar contra la delincuencia informática.

El concepto de cibercrimen abarca un conjunto de actividades ilegales asociadas con el uso de Tecnologías de la Información, especialmente en Internet, estos pueden ir desde el fraude financiero hasta la entrada no autorizada a sitios web, y en ámbitos como el espionaje industrial, la pornografía o los juegos de azar, entre otros.

Frente a toda esta tecnología el Estado Peruano ha creado normas con la finalidad de hacerle frente a las actividades delictuosas realizadas con ayuda de herramientas informáticas. Esta norma desglosa a los delitos informáticos en el artículo 207° del Código Penal en tres figuras adicionales. La primera ingresa en el artículo 207° A, que trata sobre el hackeo de la información. La segunda tiene el espacio mediante el denominado artículo 207° B que tipifica las prácticas de daños a sistemas de información y base de datos más conocido como crackeo. Y, por último el artículo 207° C que trata sobre las "circunstancias agravantes" de este tipo de figura consistiendo estas en el acceso y manipulación de información de relevancia en el ámbito de la seguridad nacional.
El Título V del código sustantivo trata sobre los Delitos Contra el Patrimonio; por lo que tiene los casos de información contenida en un soporte mecánico, es un tanto irrisorio la incorporación los delitos informáticos sobre casos de información contenida en un soporte magnético.

Al insertar dentro de los delitos contra el patrimonio a las perpetraciones vía ordenador se está colisionando con la naturaleza misma del patrimonio que es la susceptibilidad de ser transmitido, trasladado, desplazado de un lugar en el espacio a otro lugar en el espacio. En cambio si comparamos la naturaleza del contenido de la información contenida en un soporte magnético y las reducimos a una figura básica del delito contra el patrimonio denominada "hurto simple", encontraremos que en el caso de la información soportada magnéticamente no se puede producir el despojo o apoderamiento dado que simple y llanamente no es posible distinguir la copia de un original, llegando a afirmarse que la copia efectuada de un original puede perder calidad pero no se ha de producir el tan despreciado acto del "despojo".


LOS DELITOS INFORMATICOS Y LOS DELITOS COMPUTACIONALES


CONCEPTO DE DELITOS COMPUTACIONALES
Entendiéndose a conductas delictuales tradicionales con tipos encuadrados en nuestro Código Penal que se utiliza los medios informáticos como medio de comisión por ejemplo: realizar una estafa, robo o hurto, por medio de la utilización de una computadora conectada a una red bancaria, ya que en estos casos se tutela los bienes jurídicos tradicionales como ser el patrimonio. También la violación de email ataca la intimidad de las personas.
Es el uso de la computación y las TICS como medios, para cometer delitos estipulados en nuestro código penal como fraudes, “estafas informáticas” Scamming, Phishing, donde consiguen acceso a información de tipo personal, como contraseñas de cuentas bancarias para beneficiarse económicamente de estas.

Los crímenes por computadora comprenden "cualquier comportamiento criminógeno en el cual la computadora ha estado involucrada como material o como objeto de la acción criminógena, o como mero símbolo".


CONCEPTO DE DELITOS INFORMÁTICOS
Son aquellas conductas ilícitas susceptibles de ser sancionadas por el derecho penal, que hacen uso indebido de cualquier medio Informático. De ello se tiene que el delito informático implica actividades criminales que en un primer momento los países han tratado de encuadrar en figuras típicas de carácter tradicional, tales como robo, hurto, fraudes, falsificaciones, estafas, etcétera; sin embargo, debe destacarse que el uso indebido de las computadoras es lo que ha propiciado la necesidad de regulación por parte del derecho.

Son aquellos actos por los cuales se vulnera la información en si, como es la piratería, la obtención ilegal de información, accediendo sin autorización a una PC, el Crackingy Hacking de software protegido con licencias.
Delitos Informáticos implica actividades criminales que en un primer momento sean han tratado de encuadrar en muchos países en figuras típicas de carácter tradicional, tales como robos o hurto, fraudes, falsificaciones, perjuicios, estafa, sabotaje, etcétera. Sin embargo, debe destacarse que el uso de las técnicas informáticas ha creado nuevas posibilidades del uso indebido de las computadoras lo que ha propiciado a su vez la necesidad de regulación por parte del derecho.

A nivel internacional se considera que no existe una definición propia del delito informático, sin embargo muchos han sido los esfuerzos de expertos que se han ocupado del tema, y aún cuando no existe una definición con carácter universal, se han formulado conceptos funcionales atendiendo a realidades nacionales concretas. Por otra parte, debe mencionarse que se han formulado diferentes denominaciones para indicar las conductas ilícitas en las que se usa la computadora, tales como "delitos informáticos", "delitos electrónicos", "delitos relacionados con las computadoras", "crímenes por computadora". "delincuencia relacionada con el ordenador".

En este orden de ideas, entendemos como “delitos informáticos" todas aquellas conductas ilícitas susceptibles de ser sancionadas por el derecho penal, que hacen uso indebido de cualquier medio informático.

El delito informático en forma típica y atípica, entendiendo por la primera a " las conductas típicas, antijurídicas y culpables en que se tienen a las computadoras como instrumento o fin" y por las segundas "actitudes ilícitas en que se tienen a las computadoras como instrumento o fin".



DIFERENCIA ENTRE LOS DELITOS INFORMATICOS Y LOS DELITOS COMPUTACIONALES

La diferencia radica en que los delitos computacionales usan el ordenador para cometer delitos ya tipificados como la estafa por Internet, y los delitos informáticos se refiere a la comisión de delitos de la información contenida en medios magnéticos en si, como la piratería, destrucción de información mediante virus, etc.




miércoles, 30 de noviembre de 2011

La Legislatura en el Internet


En la actualidad son muchas las aplicaciones que se desarrollan en el mundo de la tecnología de la información, en todos los ámbitos y sobre todo en el Derecho, tema que hoy permite el desarrollo de este artículo; la creación de estas aplicaciones, da una serie de técnicas para consultar en diversos casos, las que toman el nombre de guías de consultas, las mismas que se plasman a través de impresión para una mejor lectura y compresión.

En el internet, el mundo para navegar es muy amplio, uno puede ver una diversidad de base de datos, desde los más simples hasta los más  complejos, la información va de extremo a extremo.

En cuanto al Derecho, en este mundo se puede encontrar sistemas variados que algunos autores los denominan como “expertos legales”;  es decir, sistemas que se han diseñado para tratar de imitar el razonamiento de un abogado, y cada vez se usan con fluidez.

De acuerdo al trabajo realizado por León Pastor en lo que se refiere a la Inteligencia Artificial el revisa dos técnicas: Base de Datos Legales, y Los Sistemas Expertos, esto con la finalidad de entender como estas técnicas impactan sobre el lenguaje jurídico, que emplea el legislador.  La hipótesis que maneja el referido autor, es: “Que ambas técnicas están transformando las viejas concepciones sobre cómo legislar y están introduciendo una serie de nuevas exigencias que, si el legislador no acata, nos condenará a una legislación farragosa, contradictoria, anticuada y no hará posible el uso razonable de las nuevas tecnologías de la información en el derecho; la evolución se ha dado en la informática documental, documentos de Derecho, jurisprudencia, etc”.

Lo que se plantea es que la maquina no solo sirva para guardar  gran cantidad de información, si no que con dicha información empiece a procesarla con el objetivo de que proporcionen una respuesta exacta para la solución de un problema, a este método se le denomina  la Inteligencia Artificial; a través  del internet, se busca la transformación del producto que viene hacer la información jurídica.

Entonces la inteligencia Artificial, vendría hacer cuando un sistema informático vaya actuar solucionando los problemas que se presente aplicando las normas jurídicas, intentado que se adapte al entorno, que realice acción de control, buscando un razonamiento.

Hay autores que manifiestan que la Inteligencia es una propiedad del sistema que emerge cuando los procedimientos de focalizar la atención; la búsqueda combinatoria y generalizadora son aplicados a la información de entrada en orden a producir la salida.



Y la Maquina Inteligente es la que realiza el proceso de analizar, organizar y convertir los datos en conocimiento, donde el conocimiento del sistema es información estructurada adquirida y aplicada para reducir la ignorancia o la incertidumbre sobre una tarea específica a realizar por la máquina inteligente.

Tenemos que el autor Pajares y Santos (2006: 45) indica que: “La representación del conocimiento es de suma importancia para los sistemas inteligentes porque trabajan con información heurística, esto es, información organizada para la solución de problemas o indagaciones. Del tratamiento que se haga del conocimiento dependerá el logro de resultados en los sistemas expertos concretos. Esta apreciación sigue en bien sabido adagio informático: si la computadora la alimentas con buena información, te la proporcionará, como se la das. 
Así, usualmente la forma de razonar de los operadores del sistema legal al momento de tomar decisiones no está perfectamente consolidada, ni en la metodología de uso frecuente ni en las premisas que sirven de información básica para adoptar la decisión”. Ello se presenta esencialmente por la naturaleza abierta del lenguaje legal como afirmara el influyente profesor Hart (1998) en El Concepto de Derecho, que reclama las más de las veces de una interpretación del operador que debe optar entre múltiples sentidos posibles del texto normativo.

Hay una interrogante a este paradigma: ¿para qué sirven las bases de datos o la inteligencia artificial aplicada al derecho?

Se dice que servirían de formas y en grados distintos. Cabe mencionar que las bases de datos tienen un rendimiento más modesto en nuestra actualidad, lo que buscan es brindar la máxima información posible para que el tomador de decisión use esa información al momento de decidir y de justificar su decisión.  En cambio, la inteligencia artificial expresada en los sistemas expertos legales busca brindar al tomador de decisión alternativas decisorias posibles, ya construidas a partir de razonamientos que imitan la forma en que los operadores humanos podrían enfocar, razonar y justificar un caso legal. Estos programas cuentan con un lenguaje computacional mucho más sofisticado y complejo, pero a pesar de ello no han llegado a reemplazar la toma de decisiones a cargo de los operadores humanos.

El lenguaje del legislador se ubica entre las necesidades técnicas del lenguaje de los juristas y expertos en disciplinas legales y las necesidades de la población general. En esta tensión, los legisladores normalmente optan por una solución de compromiso, atendiendo a algunos conceptos y expresiones jurídicas técnicas, pero también cuidándose de intentar ser comprendidos por la población, de lo contrario los niveles de comprensión y acatamiento de la ley serían mínimos.

Por lo que se puede concluir que si bien los medios informativos a través de la Inteligencia Artificial, abastecerán a los expertos del Derecho en la toma de decisiones posibles, el legislador será en última instancia quién resolverá el conflicto, en el que puede o no seguir la información que le brinde la computadora, porque no solo basta una raciocinio mecánico sino el tener que velar por no violar los derechos de que gonzan los seres humanos.

La Inteligencia Artificial a mi entender estaría aplicada a resolver conflictos dentro de los marcos establecidos por el derecho sustantivo, aplicándolos tal y como están escritos, sin ver más halla de lo que esta ordenado. Por lo que el legislador aun tiene la potestad de ver mas halla de lo que la ley a plasmado en hojas de papel. 

La Era Digital



Nuestro país pensando en la globalización; así como el reconocimiento de nuestro país a nivel mundial ha desarrollado un Plan que vincule a todo el territorio al cual se le  titulo como Agenda Digital, esto el fin de implementar la última tecnología de punta en los negocios que contrae con los distintos países, y de esta manera seguir a la vanguardia de la modernidad

Uno de los objetivos que tiene el Estado es tomar en cuenta aquellas propuestas que desarrollara la Comisión Multisectorial, las mismas que quedaron plasmadas en el “Plan Nacional para el Desarrollo de la Banda Ancha en el Perú”, este documento se avoca concretamente a analizar la realidad de la Banda Ancha.

Asimismo, las telecomunicaciones tienen una gran importancia, ya que son herramientas para el desarrollo  consecuente,  como una vía para mejorar su nivel de vida, desarrollar sus capacidades y habilidades.

Las instancias como la CEPAL y la mayoría de países latinoamericanos, en Noviembre del 2010 en Lima, aprobaron la “Propuesta de Plan de Acción sobre la Sociedad de la Información y del Conocimiento de América Latina y el Caribe (eLAC2015)”, el mismo que en cuanto a infraestructura de acceso a la letra propone: “la universalización del acceso a banda ancha tiene en el siglo XXI la misma importancia para el crecimiento y la igualdad que en el siglo XX tuvieron la infraestructura eléctrica y de caminos” y además plantea que: “La banda ancha es un servicio fundamental para el desarrollo económico y social de los países de la región… es indispensable para el progreso, la inclusión, la igualdad y la democracia. Por ello nuestro objetivo estratégico es que el acceso a Internet de banda ancha esté disponible para todas las personas de América Latina y el Caribe”.

La Agenda Digital Peruana 2.0, ha registrado algunos de los desafíos los mismo que se abordarán en los  años venideros, por lo que el Estado se ha planteado estrategias que para un entender se resumen a continuación:

Primeramente: Se debe contar con una Red Dorsal de Fibra Óptica
A esta red se le conoce como banda ancha, este medio es muy importante ya que permitirá impulsar a un país tanto en su desarrollo económico y social, a fin de mejorar la calidad de vida, lo que conllevara a que el Estado tome una posición activa  que impulse el uso de internet, y se preocupe por mejorar la calidad de este servicio.

Segundo: Deberá desarrollar la conectividad en zonas no atendidas
El Estado velara porque en todo el territorio peruano se disponga del servicio de internet, para lo cual pondrá los recursos necesarios, que conlleven este fin; así mismo velará porque no se bloqueen las posibilidades de intercomunicarse no solo con el interior del país sino con el exterior, lo que conllevara a la atracción del turismo en el país.

Tercero: Se deberá conectar a todas las instituciones públicas que brindan servicios a la población
El Estado al buscar mejorar el nivel de vida de la población, por lo que ha de intercomunicar a las instituciones públicas, a fin de buscar la fluidez en los tramites; se centrará con énfasis en la educación, ya que son los niños el pilar de los futuros ciudadanos, de quienes dependerá seguir conduciendo los designios del Nación;  el ámbito de la salud no quedara de lado, por que con el internet se podrá saber sobre lo último en tecnología de punta; con todo ello se podrá dar una mejor gestión, asimismo incidir en la capacitación al personal, dotándolo de toda información que sea útil para el desarrollo de la Institución y por ende del Estado.


Cuarto: Se impulsara la conectividad de las empresas de todos los sectores, de manera particular en las MYPES
Teniendo como meta un desarrollo dentro del territorio que se vislumbre al exterior. Buscando que las MYPES hagan uso productivo del internet, para conectarse no solo entre si, sino también con los sistemas gubernamentales y  realizar el comercio electrónico.
Quinto: Se debe impulsar la conectividad entre Universidades, Centros de Investigación y Parques Tecnológicos
Lo que busca el Estado con esta estrategia es facilitar la investigación; así como, las actividades entorno a la educación; se puede a través de este sitio dar conferencias, asistir a congresos vía internet, en cualquier parte del mundo, por lo que el Estado creará mecanismo para poder financiar dichas metas.


Sexto: Se debe fortalecer el marco normativo de promoción y regulación de las telecomunicaciones
El Estado ha de trazarse el desafío de impulsar un incremento sostenido en las tasas de acceso a Internet y servicios TIC, teniendo en cuenta que dicha acción no perjudique la economía de la población en su conjunto.



"El Estado primordialmente busca el bienestar de su población, ofreciendo los recursos necesarios para dicho fin"

miércoles, 9 de noviembre de 2011

LA INFORMACION ES UNA AYUDA O UN ESTANCAMIENTO AL DESENVOLVIMIENTO DE LA INVESTIGACIÓN

1. ¿Es cierto que existe una distorsión en la capacidad de análisis del lector que está atado a la información reverberante del internet? De ser positiva su respuesta, ¿cómo se produce ésta?

Si efectivamente existe una distorsión en la capacidad de análisis del lector; esto debido a revolución del internet, en lo que respecta a la información, lo cual con el tiempo no concluirá por la cantidad de información que maneja ya que cada día nacen nuevos logros, posibilidades.

El Internet tiene efectos no solo en nuestro cerebro sino también en nuestras costumbres.
Por lo que dice Van Nimwegen después de unos experimentos: que confiar a los ordenadores la solución de todos los problemas cognitivos reduce "la capacidad de nuestros cerebros para construir estructuras estables de conocimientos". En otras palabras: cuanto más inteligente sea nuestro ordenador, más tontos seremos.

El internet está apropiándose de nuestra capacidad de raciocinio, si bien es cierto que ayuda de sobremanera, muchas veces esa ayuda entorpece nuestro desarrollo en todos los ámbitos y nos vuelve dependientes del internet, porque este no será sólo una herramienta; sino que de una manera discreta adoptara el nuevo sistema de informarse y de pensar.

También, tiene que tenerse en cuenta que no siempre la información que se encuentra en el internet sea la más apropiada, pero si no se investiga de la veracidad de la información siempre se tendrá la confianza en el internet, así esta sea errónea,